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ICE no podrá detener inmigrantes indefinidamente, tendrán audiencia de fianza tras 90 días

ICE deberá celebrar audiencias de fianza para inmigrantes por más de 90 días tras un fallo federal que redefine límites de la detención.
2026-07-03T12:51:25-04:00
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Foto Shutterstock
  • ICE deberá celebrar audiencias.
  • Límite de 90 días.
  • Revés para Trump.

Un tribunal federal de apelaciones de Estados Unidos determinó que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) no podrá mantener detenidas a personas inmigrantes por más de 90 días sin celebrar una audiencia de fianza.

Por qué importa: La resolución representa un revés para la política de detención aplicada durante la administración de Donald Trump y podría beneficiar a miles de inmigrantes retenidos en Texas, Luisiana y otros estados bajo la jurisdicción del Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito.

La decisión fue emitida el jueves 2 de julio por un panel dividido del Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, con sede en Nueva Orleans.

ICE enfrenta límite judicial tras fallo sobre detenciones

El fallo aborda un aspecto que había permanecido sin resolver tras una decisión anterior del mismo tribunal emitida en febrero.

En aquella ocasión, otro panel respaldó la interpretación del gobierno de Donald Trump sobre una ley federal de inmigración relacionada con la detención obligatoria.

Sin embargo, ese fallo no respondió si la Constitución exige ofrecer una audiencia para solicitar la libertad bajo fianza.

El tribunal concluye que el debido proceso protege a los inmigrantes

La nueva resolución sostiene que las personas inmigrantes detenidas durante más de 90 días deben tener la oportunidad de acudir a una audiencia.

En esa audiencia podrán solicitar su liberación bajo fianza mientras continúan sus procesos migratorios.

De acuerdo con Reuters, la jueza Leslie Southwick redactó la opinión mayoritaria del panel, según Univision.

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Southwick afirmó que la Corte Suprema dejó establecido desde 2001 que la Quinta Enmienda protege a todas las personas dentro del territorio estadounidense.

La magistrada señaló que esa protección aplica sin importar la nacionalidad o el estatus migratorio.

«Forma parte de la majestuosidad histórica de esta antigua carta fundacional el hecho de que no haga excepciones a la hora de garantizar los derechos básicos a quienes se encuentran dentro de nuestras fronteras, incluido el derecho a ser escuchados cuando se vulnera la libertad personal», escribió Southwick.

La jueza fue nombrada por el expresidente George W. Bush.

El panel estuvo dividido durante la votación.

El magistrado Cory Wilson votó en contra de la decisión. Wilson fue designado por Donald Trump.

La decisión enfrenta posiciones dentro del propio tribunal

El juez disidente sostuvo que la resolución limita la autoridad que la Constitución concede al Congreso para legislar en materia migratoria.

Desde su perspectiva, el tribunal excedió el alcance de la revisión constitucional sobre las normas aprobadas por el Poder Legislativo.

La diferencia de criterios refleja el debate jurídico existente sobre los límites de la detención obligatoria.

También pone en discusión el alcance de las garantías constitucionales para las personas sujetas a procedimientos migratorios.

Tras conocerse la decisión, Rebecca Cassler reaccionó públicamente al resultado del caso.

Cassler representa a los migrantes involucrados en la demanda.

Además, es abogada del Consejo Estadounidense de Inmigración.

La litigante afirmó que el tribunal reconoció que el debido proceso impide mantener detenidas indefinidamente a las personas sin acceso a una revisión judicial.

Hasta el momento, el Departamento de Seguridad Nacional no emitió comentarios sobre la resolución.

La disputa sobre la detención obligatoria continúa

La legislación migratoria de Estados Unidos establece que los llamados «solicitantes de admisión» deben permanecer bajo detención obligatoria mientras sus casos son resueltos.

En principio, esas personas no tienen derecho a una audiencia de fianza.

No obstante, el año pasado el Departamento de Seguridad Nacional amplió la interpretación de esa disposición.

La dependencia consideró que también podían ser catalogados como «solicitantes de admisión» extranjeros que ya residían dentro de Estados Unidos.

Anteriormente, esa categoría estaba asociada principalmente con personas que ingresaban al país por la frontera.

Posteriormente, en septiembre, la Junta de Apelaciones de Inmigración respaldó esa interpretación.

Ese organismo depende del Departamento de Justicia.

Tras esa decisión, jueces migratorios de distintas partes del país comenzaron a ordenar la detención obligatoria en un mayor número de casos.

El nuevo fallo del Quinto Circuito introduce un límite al tiempo que una persona puede permanecer detenida sin acceder a una audiencia para solicitar su liberación bajo fianza.

Aunque la resolución mantiene vigente el esquema de detención obligatoria previsto en la ley, establece que, una vez superados los 90 días, debe garantizarse una revisión judicial conforme a los principios del debido proceso.

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